¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR EL SERVICIO DE MEDIACIÓN?
¿QUIENES PUEDEN SOLICITAR EL SERVICIO DE MEDIACIÓN?
Toda persona interesada en resolver algún conflicto familiar, mercantil, comunitario, penal o civil, puede acudir a solicitar se le brinde este servicio.
Ventajas que se obtienen al someterse a un método alterno (mediación) por mencionar algunas:
- La Mediación es un Proceso Confidencial.- Las sesiones no se graban ni se transcriben, todas las partes firman un acuerdo de confidencialidad.
- Es Equitativa.- Los mediadores son terceros neutrales que no tienen ningún interés en el resultado, nada más que el bienestar de las partes.
- Evita litigios largos e innecesarios.
- Se brinda con un costo accesible a las partes, y constituye un proceso eficiente que ahorra tiempo y dinero.
- Si las partes deciden convenir, puede firmarse un acuerdo, que será vinculante y ejecutable al igual que un contrato y si las partes no llegan a un acuerdo, estarán en libertad de explorar otros procedimientos de solución de conflictos o solicitar una decisión de los Tribunales Judiciales.
- Es un proceso más rápido y sencillo que un juicio.
- El servicio que se brinda es totalmente voluntario, confidencial
Las partes tendrán los siguientes derechos: (art. 6 de la ley de Justicia Alternativa)
- Tratándose de un centro privado, a elegir al prestador del servicio.
- Cambiar al prestador del servicio que les haya sido designado por las mismas causas que se prevén para los jueces, conforme al Código de Procedimientos que resulte aplicable según la materia sobre la que verse el método alternativo.
- Intervenir personalmente en todas y cada una de las sesiones, excepto en los casos en que acepten que el otro participante celebre sesiones individuales con el prestador del servicio.
- Durante el procedimiento allegarse el apoyo de los auxiliares que requieran, o bien, solicitar el apoyo de instituciones públicas que dispongan de personal para su asistencia técnica o profesional.
- Asistir a las sesiones acompañados de su asesor jurídico.
- Obtener copia simple y certificada del convenio al que hubiesen llegado.
- Conocer previamente los honorarios del prestador del servicio privado.